Por: Carmen Deliz Maldonado Rodríguez
Ante los recientes casos de hostigamiento sexual en Guaynabo, un abogado experto en derecho laboral dio a conocer los pasos que puede tomar una mujer que identifique que está siendo víctima de este tipo de acoso.
En una entrevista con Nueva Mujer, el abogado Wendell Bonilla Vélez indicó que el hostigamiento sexual se puede manifestar de dos formas distintas en un lugar de trabajo. Ambas están reconocidas en los tribunales.
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Una de ellas es el quid pro quo, que se traduce: esto por aquello. Según Bonilla Vélez, «se desarrolla cuando el sometimiento o rechazo de avances o requerimientos sexuales se toma como base para afectar las condiciones de empleo de la víctima».
Para que la persona afectada pueda prevalecer en un tribunal debe demostrar que por no consentir tales peticiones de índole sexual, su empleo se perjudicó. Bajo este escenario, los supervisores, —como se alega en el caso del alcalde de Guaynabo, Héctor O’Neill— utilizan su poder supremo para violar la ley, explicó el letrado.
La otra manera de hostigar sexualmente a un empleado es creando un ambiente hostil y ofensivo. En estos casos, «la víctima demandante debe alegar y establecer que la conducta de la que fue objeto fue una de claro contenido sexual de manera tan severa, persistente e intolerable que creó un ambiente hostil y ofensivo, que le afectó tanto su trabajo como su condición emocional», declaró Bonilla Vélez.
En cualquier caso, estas son las posibles acciones legales de una víctima de hostigamiento sexual, de acuerdo con el jurista:
- Presentar un reclamo ante los tribunales de Puerto Rico y ante el Tribunal Federal para el Distrito de Puerto Rico
- Entregar una querella ante la Unidad Antidiscrimen del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, y ante la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC) del gobierno federal, ubicada en la torre de Plaza las Américas
Ahora bien, el experto en derecho laboral advirtió que «en aquellos casos que la víctima o demandante interese presentar un reclamo o causa de acción por discrimen en el tribunal federal, se requiere agotar los remedios administrativos ante la EEOC». Entonces se podrá solicitar y recibir el derecho a demandar.
Mientras que los reclamos por discrimen ante los tribunales locales, en cualquiera de sus modalidades –incluida el hostigamiento sexual-, «pueden presentarse directamente sin el requisito previo de acudir a los foros administrativos», puntualizó Bonilla Vélez.
Aunque el hostigamiento sexual ocurre tanto de hombre a mujer como de mujer a hombre, el licenciado consideró que «por vivir en una sociedad muy machista, aun en el siglo XXI, resulta más altisonante cuando la agresión se manifiesta de hombre en contra de la mujer». Lo que, conforme a su opinión, es más común de lo que podemos imaginar.
Lo peor de todo es que a estas féminas les resulta realmente difícil buscar ayuda por el temor de perder el trabajo, y por la vergüenza y humillación que se arrastra al hacer la imputación. «Obviamente, aquellos casos donde los personajes son funcionarios públicos y mucho más cuando tienen el prefijo de honorable, tiene un ingrediente adicional en la opinión pública», concluyó.
En Guaynabo se han destapado una serie de casos de hostigamiento sexual que incluyen hasta el alcalde, Héctor O’Neill, quien llegó a un acuerdo transaccional para poner fin a una querella de agresión sexual.
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