El pasado 4 de junio el Ministerio de Vivienda y Urbanismo modificó el Decreto Supremo Nº47, de 1992 sobre construcciones en relación a ciclovías y estacionamientos para bicicletas con el objetivo de fomentar la movilidad urbana a través de las bicicletas.
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Las primeras modificaciones se refieren a la redefinición de conceptos como “calzada”, “edificio de estacionamientos”, y “vía” que antes no incluían a los vehículos no motorizados y que hoy sí los incluyen.
Esto quiere decir que “vía” se redefine en términos legales como el “espacio destinado a la circulación de vehículos motorizados y no motorizados y/o peatones” y que las ciclovías ahora estarán insertas dentro de la calzada, dejando por expreso que “excepcionalmente, cuando se requiera conectar ciclovías, podrán ubicarse en la mediana o en un bandejón, o como parte de la acera, sin afectar la vereda”. De esta forma se logra que las bicicletas por fin lleguen a todo tipo de calles de una forma segura, estandarizando espacios destinados sólo para este tipo de transporte.
- El decreto, que se puede ver en detalle en el Diario Oficial de la República de Chile, señala que en las vías con velocidades superiores a 50 km/h se incorporará una franja de “segregación física” de 50 cm de ancho que incorporará elementos separadores que impidan la invasión lateral de vehículos motorizados.
- En vías que han sido diseñadas para transitar entre 30 y 50 km/h requerirán sólo de una franja de “segregación visual” de 30 a 50 cm de ancho, en cuyo eje incorporarán tachones viales reflectantes.
- Luego, en las vías diseñadas para transitar a menos de 30 km/h no se requerirán ciclovías segregadas, compartiendo la calzada con vehículos motorizados.
Además, el decreto firmado por la presidenta Michelle Bachelet y por la ministra de Vivienda y Urbanismo, Paulina Saball, contempla la incorporación de estacionamientos de bicicletas en edificios, indicando que esta exigencia se podrá cumplir descontando parte de los estacionamientos requeridos para automóviles. La nueva medida deja por expreso que en proyectos inmobiliarios donde vivan más de 50 residentes deberá destinarse al menos un estacionamiento de bicicleta por cada dos estacionamientos de autos, ubicándose a menos de 50 metros de los accesos principales.