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Que no le pase lo del “compañerito de la Sijín”: ¿Qué acciones puede iniciar si encuentra a su pareja siendo infiel?

El artículo 154 del Código Civil, establece las 9 causales para solicitar divorcio, entre las que se encuentra las relaciones extramatrimoniales

Test: Descubre la infidelidad de tu pareja con estas 3 simples situaciones que lo delatan
Test: Descubre la infidelidad de tu pareja con estas 3 simples situaciones que lo delatan (Foto: Freepik)

En las redes sociales ha circulado un video que se volvió viral por cuenta de un triángulo amoroso que protagonizó dos policías de la Sijín.

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La grabación tomada por el afectado, muestra como otro hombre está en su vivienda en un aparente caso de infidelidad donde la Policía de Cumaral, Meta tuvo que intervenir ante el llamado de un fuerte altercado.

Fue tal la viralización del caso, que la Procuraduría pidió apoyo y protección a la Secretaría de la Mujer en Villavicencio, pues la mujer que aparecía en el video, estaba siendo víctima de ciberviolencia de género “presuntamente, por parte de su pareja o expareja sentimental y de los internautas”.

¿Qué acciones puede iniciar si encuentra a su pareja siendo infiel?

El artículo 154 del Código Civil Colombiano, establece las 9 causales para solicitar divorcio. Las más comunes son:

1. Las relaciones sexuales extramatrimoniales de uno de los cónyuges.

2. El grave e injustificado incumplimiento por parte de alguno de los cónyuges de los deberes que la ley les impone como tales y como padres.

3. Los ultrajes, el trato cruel y los maltratamientos de obra: psicológica, verbal, sexual, económica, física etc.

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Precisamente, la primera causal es la más habitual, pero la más compleja al momento de probar, a menos de que uno de los cónyuges sea encontrado directamente en el acto sexual.

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Es importante recalcar que ninguna situación faculta a las partes para ejercer conductas de violencia, exposición social u otras que puedan ocasionar que la causal se configure en contra de quien fue víctima de la infidelidad.

Entonces, si alguno de estos factores llega a suceder, el cónyuge inocente, que no haya dado lugar a la terminación del vínculo, puede recibir una cuota de alimentos en su favor y en algunos casos cuando se configura violencia incluso se puede solicitar una indemnización por daño.

Así lo explica, el abogado experto en derecho de familia, Jimmy Jiménez. “En procesos de esta índole, es muy probable que la persona que fue víctima de violencia de cualquier tipo, por parte de su pareja, (siempre y cuando estén casados o con unión marital de hecho), pueda solicitar una reparación por daños y perjuicios ocasionados por su cónyuge o compañero permanente, si así lo estipula un juez”.

Ante estos casos, el cónyuge inocente que ha sido víctima puede solicitar el divorcio ante un Juez de familia a través de demanda, acompañada de las pruebas que demuestren la conducta del cónyuge.

Una vez presentada, el Juez evaluará las pruebas y decidirá si procede o no el divorcio por esta causa y las sanciones correspondientes.

El abogado Jiménez recordó que existe un plazo para demandar estos casos, ya que de acuerdo con el artículo 156 del Código Civil, la demanda de divorcio únicamente podrá ser presentada por el cónyuge afectado, es decir, quien no causó el hecho, en un tiempo estipulado de un año desde que se tuvo conocimiento de los hechos.

Según datos de la Unión Colegiada del Notariado Colombiano, a septiembre de 2023 se registraron en las notarías del país 4,1 divorcios por hora; 99 divorcios por día; 1.990 por mes, para un total de 17.914 divorcios al finalizar el año.

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